Como inscribirse en ATV -Su Mejor Guía en 2024


Aprenda cómo inscribirse en ATV (Administración Tributaria Virtual), para registrarse como contribuyente ante Tributación Directa y usar la factura electrónica.

Es gratuito y a través de Internet, en el portal del Ministerio de Hacienda de Costa Rica.

Para inscribirse debe acceder a ATV y obtener una tarjeta clave descargable, para su registro.

Ingrese al Portal para Contribuyentes de ATV en https://atv.hacienda.go.cr/ATV/login.aspx

Guarde la dirección en sus Favoritos para futuros usos o, vaya a Hacienda.go.cr y dé clic en el enlace ATV.

En ATV puede:

  • Ingresar si ya está inscrito
  • Recuperar la contraseña, en caso de haberla olvidado o extraviado
  • Crear una cuenta de usuario nuevo, si aún no tiene una

Si el contribuyente no tiene los medios tecnológicos para confección y presentación de declaraciones, puede hacer uso de los Quioscos Tributarios, los CECIs (Centros Comunitarios Inteligentes) y los NAF (Núcleos de Asistencia Fiscal).

Las Plataformas de Servicio pueden usarse en caso de personas con discapacidad o que requieran colaboración para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Este artículo fue escrito inicialmente en 2017 y actualizado por última vez en 2023.

¿Cómo crear una Cuenta de Usuario?

Vaya a ATV y haga clic en Crear Cuenta de Usuario y, complete la información solicitada.

La creación de usuarios son únicamente para Personas Físicas.

Es decir que, una Persona Jurídica no puede tener una cuenta a nombre propio, sino a través de su Representante Legal.

Debe tener su documento de identidad a mano, para crear su cuenta, ya que le será solicitada información contenida en el documento.

Además de su número de identificación y fecha de nacimiento, datos que seguramente sabrá de memoria, también, debe aportar la fecha de vencimiento de su último documento vigente.

Una vez que haya digitado la información, debe marcar la casilla "He leído y acepto las condiciones establecidas para el uso de la página ATV" y presionar Continuar.

Luego proceda con los datos personales, número de celular y el email, necesarios para notificaciones.

Deberá crear una contraseña para proceder al ingreso, que luego debe recordar.

Dé clic en Continuar. 

Aparece una notificación de ventana, que indica que su TIV (Tarjeta Virtual Inteligentes) se ha creado y debe usarla en los siguientes 10 minutos.

Será redirigido a su TIV, en donde puede tomar una foto (o pantallazo), presionar el ícono de PDF para descargar el archivo en su computadora o el de email, para recibir el documento a su correo electrónico.

O todas las anteriores.

Una vez guardado, marque la casilla de verificación "Acepta que ha guardado la Tarjeta Virtual Inteligente" y haga clic en Continuar.

Esta tarjeta es muy sencilla y fácil de usar, además es un instrumento de seguridad, que protege su acceso.

Le será solicitada la confirmación con la clave de su TIV. Escriba los datos de las tres casillas, según se indique y presione Continuar.

Verá el mensaje de registro exitoso, presione Aceptar e ingrese por primera vez a ATV con su número de identificación, contraseña y TIV.

Ingresará a su cuenta de ATV, en la sección de su Buzón, donde encontrará su primer mensaje, con las condiciones de uso.

Tarjeta Inteligente Virtual

Si ha extraviado su TIV, solicite una tarjeta nueva en ATV dando clic en Generar TIV Nueva

De nuevo necesitará los datos de su cédula de identidad.

Recibirá un pdf con la clave TIV, que seguirá necesitando cada vez que desee ingresar.

El archivo pdf será enviado al email que haya registrado con sus datos.

También podrá descargarlo de inmediato en la pantalla que muestra la clave.

En ese caso, solo busque el ícono de PDF y de clic sobre él.

¿Cómo inscribir su Actividad Económica?

La inscripción de sus Actividades Económicas se hace por medio del formulario Declaración 140 (D140) en el Registro Único Tributario (RUT).

Con este formulario puede presentar:
  • Declaración de Inscripción en el RUT
  • Modificación de Datos en el RUT
  • Declaración de Desinscripción en el RUT

Al ingresar, seleccione en el Tipo de Perfil, el de Obligado Tributario, o sea que, la actividad económica estará a su nombre.

Si es una persona jurídica, debe elegir Representante Legal.

Aparecerá su información (nombre y número de documento de identidad). 

Dele clic a la línea bajo la columna Seleccionar, al ícono de persona (avatar).

Será dirigido a su Buzón Electrónico, donde tendrá sus Avisos, Acuses y Comprobantes.

Inscripción PFAL (Persona Física con Actividad Lucrativa)

Haga clic en Registro Único Tributario y luego en Declaraciones de Registro Único Tributario.

Luego, para realizar la inscripción, dé clic en Declaración de Inscripción en el Registro Único Tributario.

Presione Llenar Cuestionario y una vez desplegado, proceda a llenar el formulario, con la información que se le solicita, en cada uno de los apartados.

Las casillas marcadas con un asterisco rojo son de carácter obligatorio, las de color gris son datos no modificables por el usuario y puede dar clic sobre los signos de pregunta (?) para leer más información.

Debe contar con el Número de Identificación del Servicio Eléctrico (NISE), el número de medidor o el número del contrato del servicio público de electricidad, del domicilio fiscal o de residencia.

Al finalizar, presione Validar, para que el sistema verifique los campos obligatorios. Si todo está correcto, haga clic en Presentar y luego en Aceptar.

¡Enhorabuena! Ya sabe cómo inscribirse en ATV, para hacer uso de la factura electrónica en Costa Rica.

Modificación del RUT

Si debe realizar alguna modificación posterior, puede hacerlo, y de hecho, está en la obligación de informar los cambios en los datos registrados al momento de la inscripción.

Por ejemplo, el inicio de una actividad adicional, un cambio de domicilio fiscal o de persona legal (de física a jurídica o viceversa), representante legal.

Para realizar modificaciones, ingrese a Registro Único Tributario y luego en Declaraciones de Registro Único Tributario.

Seleccione Declaración de Modificación de Datos en el Registro Único Tributario.

Llene el formulario con los cambios necesarios, por ejemplo, modificaciones en la actividad comercial, cambio de domicilio o ubicación, inclusión de sucursales, etc.

Al final, haga clic en Validar, Presentar y Aceptar.

Desinscripción en Hacienda

Tiene el deber de desinscribirse al cesar su actividad económica o su operación, ya que al mantenerse inscrito debe realizar declaraciones y cumplir sus obligaciones tributarias.

La fecha para su desinscripción debe ser posterior al inicio del último año fiscal. Es decir, si el nuevo año fiscal ya inició, no puede decir que dejó sus actividades el año anterior.

Para desinscribirse ingrese a Registro Único Tributario y luego en Declaraciones de Registro Único Tributario.

Dé clic en Declaración de Desinscripción del Registro Único Tributario.

Llene el formulario con la información solicitada.

En el apartado de motivo de la desinscripción, escoja según corresponda: cierre del negocio, disuelta, quebrada, fusionada, liquidada, cerrada, etc.

Una vez que haya realizado la desinscripción, tiene 30 días de tiempo para presentar su autoliquidación (su última declaración de IVA y de Renta) y pagar (ese mismo día) los impuestos resultantes, si los hubiera.

Esos 30 días rigen a partir del día de cese de sus actividades o cierre de operaciones; es decir, según la fecha que indicó como cierre en su desinscripción.

Preguntas Frecuentes -¿Cómo inscribirse en ATV?

  1. ¿Cuándo debo inscribirme en Hacienda?: Dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de su operación o actividad. Puede hacerse a partir del momento en que se tramita o una fecha anterior, pero no a futuro.
  2. ¿Cómo sé si puedo inscribirme en Régimen Tradicional o Simplificado?: Puede ver la información sobre este régimen en el portal de Hacienda.
  3. ¿Cuándo debo modificar mis datos en ATV?: Dentro del plazo de 10 días, a partir de la fecha de la modificación.
  4. ¿Cuándo debo desinscribirme en Hacienda?: Dentro del plazo de un mes, a partir del cierre de actividades.
  5. ¿Cuál es la sanción por incumplir en tiempo?: Una multa de medio a tres salarios base.
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